Hace algunos años cuando un hermano trabajaba para una empresa de transporte reconocida, fue víctima de un despido injusto. Esta empresa dentro de sus clientes en la ciudad de Abancay tenía a asociada a la Alcaldia de Abancay. A lo largo de su relación comercial se habían constituido deudas que ascendían a cerca de 10 mil soles y con la complacencia del Administrador de la Agencia a quien reemplazó, al parecer se apropiaban de parte de los dineros con los cuales se cancelaban las facturas de los servicios prestados. Todo indicaba que de los pagos se descontaban de manera fraudulenta comisiones por gestionar los pagos.
Dado que a lo largo del tiempo que estuvo a cargo de la Agencia los pagos se fueron retrasando le fue ordenado exigir a estas entidades la expedición de certificados que sustentaran lo adeudado y estos fueron enviados al Departamento de Auditaría de la empresa. Al cabo de unos meses y en vista de los pagos seguían congelados fue solicitado ante la Controlaría una auditoria a las entidades implicadas y al mismo tiempo su empresa inició el mismo proceso con la Agencia. Fue responsabilizado de las irregularidades encontradas a la gestión del Administrador anterior y despedido de su cargo. La empresa de manera arbitraria no sólo lo despidió sino que además le retuvo de manera irregular todas las pertenencias que tenía en su sitio de trabajo, incluida una motocicleta y otras pertenencias como cuadros, electrodomésticos y objetos de valor.
Pese a enfrentar un proceso judicial que implicó detención preventiva logró demostrar que se le estaba acusando de hechos que comprometían la gestión del Administrador anterior y quedó en libertad condicional, sin embargo nunca le fueron devueltos los elementos retenidos y su liquidación no fue entregada.
En el caso de mi hermano le fueron vulnerados los siguientes derechos:
Artículo 15: "Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas."
Artículo 21: "Se garantiza el derecho a la honra. La ley señalará la forma de su protección."
Articulo 25: "El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas."
Articulo 29: "El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas."
Para finalizar quiero expresarle amigo Lector que resulta de suma importancia que todos tengamos conocimiento sobre nuestros deberes y derechos sociales y políticos, establecidos dentro de nuestra Constitución. Hacer uso de las herramientas que nos da el Estado para hacer valer nuestros derechos es algo que debe hacer parte de nuestra identidad como ciudadanos pero sobre todo genera un compromiso mayor con nuestro deseo de tener un país más inclusivo y menos discriminador. La corrupción que hoy nos agobia en algún momento dará paso a la equidad con una acción más decidida de nuestra parte.
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